SAT aclara: no habrá prisión automática para contribuyentes sospechosos en 2026
La autoridad fiscal rechaza versiones sobre prisión preventiva oficiosa para contribuyentes y asegura que las reformas al CFF buscan fortalecer el combate a la evasión sin afectar a quienes cumplen.

El SAT desmintió que las reformas fiscales de 2026 contemplen cárcel automática para contribuyentes sospechosos de emitir facturas falsas y afirmó que el debido proceso y el derecho de audiencia están garantizados.
SAT desmiente prisión automática para presuntos factureros
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) rechazó que se pretenda aplicar prisión preventiva oficiosa de manera automática a contribuyentes que sean considerados sospechosos de emitir facturas falsas. En un comunicado, la institución calificó como falsa la información difundida en algunos medios.
El organismo aclaró que tampoco existe un programa masivo que afecte a contribuyentes que cumplen con sus obligaciones. Por el contrario, afirmó que las medidas tienen objetivos específicos relacionados con combatir la evasión fiscal y desmantelar esquemas de facturación apócrifa.
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Investigaciones deberán estar sustentadas
El SAT subrayó que toda investigación debe estar debidamente soportada y que la autoridad debe demostrar la existencia de comprobantes fiscales falsos antes de proceder. Reiteró que, como en cualquier proceso, se garantiza el derecho de audiencia y el debido proceso, evitando que los contribuyentes queden en indefensión.
Reformas al CFF buscan fortalecer el combate a la evasión
La autoridad fiscal destacó que las reformas al Código Fiscal de la Federación, aprobadas por el Congreso y que entrarán en vigor en 2026, reforzarán el combate a la evasión fiscal, a la vez que brindarán mayor certidumbre jurídica y condiciones de equidad para los contribuyentes.
El SAT precisó que los cambios van dirigidos a personas físicas y morales que participan en la emisión de facturas falsas para evadir impuestos. Además, recordó que los contribuyentes pueden garantizar el interés fiscal según su capacidad económica mediante diversas opciones como depósito, prenda, hipoteca, carta de crédito, fianza, obligación solidaria o embargo administrativo.







